El Reglamento de la Biblioteca de la Universidad Autónoma de Madrid es la norma principal que regula a la Biblioteca “integrada por todos los fondos bibliográficos y documentales de la Universidad, destinados al estudio, la docencia y la investigación de la comunidad universitaria, con independencia del lugar en que se encuentren, del medio como hayan sido adquiridos y del soporte material”. En él se especifican los órganos de gobierno, las áreas de servicio de la biblioteca y las sanciones que serán impuestas en el caso de comisión de infracciones.
La clasificación de los distintos usuarios también queda recogida bajo el mencionado Reglamento, especificando los derechos y deberes que adquieren por hacer uso de los servicios de la biblioteca.
Asimismo, la Normativa de préstamo de material bibliográfico y materiales especiales de apoyo a la docencia, la investigación y el aprendizaje y la Normativa de préstamo de material no bibliográfico de apoyo a la docencia, la investigación y el aprendizaje regulan el servicio de préstamo tanto del material bibliográfico como de los recursos no bibliográficos, como pueden ser los ordenadores portátiles, equipamiento audiovisual, taquillas, calculadoras, atriles, salas de trabajo en grupo, etc.
Existen distintos tipos de préstamo: domiciliario, para aquellos materiales que puedan salir físicamente de la biblioteca y, préstamo en sala, para obras cuyas características especiales aconsejen un uso más controlado. La colección de libros dispuestos en libre acceso podrá consultarse en sala sin trámite previo.
Por norma general, quedan excluidos de préstamo los siguientes tipos de documentos:
· Obras de referencia: enciclopedias, diccionarios,etc.
· Publicaciones periódicas
· Documentos antiguos, raros y preciosos
· Tesis, memorias de licenciatura, proyectos y trabajos fin de carrera no publicados
· Cualquier material que la biblioteca considere oportuno
Los plazos y condiciones de préstamo, es decir, el número máximo de ejemplares y de días, se aplicará en función del tipo de usuario y de las características del ejemplar. Consulta tus condiciones de préstamo, así como el número de reservas que puedes realizar simultáneamente, el número de renovaciones y, en el caso de retraso en las devoluciones, las sanciones que serán aplicadas.
Hola!
ResponderEliminarTengo un poco de lío, aquí mencionan una normativa, pero he encontrado otra que parece más amplia:
http://biblioteca.uam.es/sc/documentos/Reglamento_Biblioteca.pdf
¿Cuál es la que vale?
Gracias y un saludo.
El enlace que reseña corresponde a la versión anterior, es incorrecto. Tome nota del enlace correcto: http://biblioteca.uam.es/sc/documentos/reglamento_2009.pdf Lamentamos la confusión que le haya podido ocasionar.
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