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viernes, 22 de julio de 2011

La importancia de la nueva ley de depósito legal

Acaba de ser aprobada en el Congreso la nueva ley de depósito legal.



El depósito legal es el medio del que se dotó al mundo bibliotecario a nivel internacional para garantizar la conservación de la cultura. Principalmente el libro y la cultura escrita era su objetivo, pero se ha ampliado a documentos sonoros y audiovisuales y, hoy día, también a documentos electrónicos.

Históricamente, el término de depósito data del reinado de Alfonso XII. Se definió como la institución jurídica que permite a las administraciones públicas (hoy Administración General del Estado y Comunidades Autónomas) recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier soporte. Sin embargo el primer antecedente del depósito legal en España se sitúa en el año 1616 cuando la Real Biblioteca de El Escorial recibió el beneficio de esta regalía.

El depósito legal funciona en España desde el año 1958 gracias al Decreto elaborado por un grupo de bibliotecarios. El Decreto marcaba qué documentos debían ser objetos de conservación y difusión. El Decreto no abría la menor posibilidad a la práctica de la censura.

El cambio en esta Ley responde a la necesidad de adecuar la práctica del depósito legal a los cambios que se están sucediendo en el mundo de la edición, la aparición de las nuevas tecnologías, y con ellas la proliferación de publicaciones en red, así como a aquellos cambios provenientes del Estado de las autonomías.

Las grandes novedades que incorpora esta ley son las siguientes:
-El editor, de no existir como sujeto depositante (extraña anomalía en las leyes de depósito legal) pasa a ser el sujeto depositante básico.
-Y por otro lado, se da respuesta al archivo de los recursos de internet. La base es la misma para los recursos con soporte físico y para los recursos en la red: es un bien social conservar y difundir el patrimonio bibliográfico, en toda su diversidad lingüística.

El depósito legal incrementa la visibilidad y publicidad de sus publicaciones, proporciona un mejor control bibliográfico y garantiza a largo plazo la disponibilidad de su material, lo que puede tener un gran valor para el editor cuando el original ha desaparecido.

Las bibliotecas de las Comunidades Autónomas así como la Biblioteca Nacional de España, cada una en su ámbito, serán las responsables de conservar y difundir este valioso patrimonio. Poner en marcha esta ley no será tarea fácil, va a exigir esfuerzos de los editores y productores y también de las Comunidades Autónomas, que son quienes gestionan el depósito legal para poder poner a disposición del público nuestro patrimonio cultural e intelectual, libre de las limitaciones que nos imponía la normativa vigente hasta ahora.


Fuente: artículo publicado en Iwetel el 21 de julio de 2001
Imagen tomada de la
BNE




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