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lunes, 20 de abril de 2015

Concurso las mejores películas jurídicas: "Cadena perpétua"


"Cadena perpetua", película ganadora del concurso  “La mejor película jurídica”, es la ópera prima del director Frank Darabont: “La Milla Verde(1999)”, “The Walking Dead (2010), y basada en una novela de Stephen King. Fue nominada hasta con 7 premios Oscar en la gala del año 1994, siendo eclipsada por las triunfadoras “Forrest Gump” y “Pulp Fiction”.

Desde entonces ha habido una constante reivindicación de la calidad y del conjunto de valores que encierra esta entrañable historia carcelaria y de amistad.  Distintas voces se han pronunciado en el sentido de que hoy se considera comprobado que las penas superiores a 15 años dificultan o incluso imposibilitan el objetivo de resocialización previsto en el Art. 25.2 de la Constitución.

En el film aparece un actor secundario, el preso Brooks Hutlen, que ejerce como bibliotecario y administrador y que es uno de los presos más antiguos de la penitenciaría. Al salir de prisión, tras muchos años dentro de ella, le cuesta tanto habituarse a las transformaciones que se han producido en la sociedad, que opta por ahorcarse en la habitación del hotel. En el caso contrario Bertrand Russell recluido solo durante seis meses, pensaba que su periodo de encarcelamiento equivalía a unas “vacaciones de responsabilidades” a las que el contexto de esa pena de breve duración calificaba como – “realmente deliciosas”- ya que no tenía “compromisos ni decisiones difíciles” de tomar.

Entre los penalistas que aluden a la dificultad o imposibilidad de cumplir mandato de resocialización respecto a las penas de prisión de muy larga duración, cabe mencionar a Francisco Muñoz Conde, quien ya en 1981 puso de relieve lo siguiente: “Las más recientes investigaciones criminológicas han puesto de relieve que las penas privativas de libertad de más de 15 años de duración producen graves alteraciones en la personalidad del que las sufre, produciendo un efecto desocializador contrario a la readaptación social que como finalidad de las penas y medidas privativas de libertad se establecen en el Art. 25.2 de la Constitución. (….) Las penas de 20, 25 o 35 años deben ser rechazadas, por cuanto va en contra de los principios científicos antes citados y no tiene más justificación que la irracional satisfacción de instintos colectivos de venganza.
Véase también: "Cadena perpetua y las penas muy largas de prisión: porqué son ilegales en España.
Antonio Cuerda Riezu. Barcelona: Atelier, 2011. Pag. 69-71

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