En segundo lugar, en un sentido técnico, el cine clásico hace referencia al cine que es resultado de utilizar las estrategias cinematográficas establecidas en la tradición norteamericana durante el periodo comprendido entre 1900 y 1960.
En este segundo sentido, el cine clásico sería aquel que respeta las convenciones visuales, sonoras, genéricas e ideológicas que emanaron durante dicho periodo. Es un cine tradicional, constituido por un sistema de convenciones que constituyen la tradición cinematográfica. Emplea siempre los mismos recursos tradicionales, sin introducir elementos rupturistas, a diferencia del cine independiente (el cual se vuelve más individual).
Los clásicos del cine forman un apartado muy importante dentro de nuestra colección de "Cine y Derecho". Os sugerimos que disfrutéis de alguna de nuestras películas clásicas en esta Semana Santa.
Podéis localizarlas en el expositor de películas de la planta segunda de la Biblioteca.
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